Cuando la verificación informal se convierte en un riesgo legal

En el mundo de los negocios, la prevención del riesgo se ha convertido en una práctica cotidiana. Antes de contratar, asociarse o cerrar un acuerdo, muchas personas creen estar actuando con diligencia al “verificar” antecedentes de terceros.

Sin embargo, una práctica común —y peligrosa— se repite con frecuencia: consultar y guardar antecedentes judiciales de terceros a través de la página de la Policía Nacional de Colombia.

Lo que parece una acción preventiva, en realidad puede convertirse en una vulneración grave del derecho fundamental a la protección de datos personales, con consecuencias legales relevantes.

I.              Un aviso claro que muchos ignoran

La página oficial de consulta de antecedentes judiciales de la Policía Nacional de Colombia contiene un aviso expreso y contundente:

“El acceso a la consulta de Antecedentes Judiciales por Internet es un servicio de carácter permanente […] para que los ciudadanos puedan validar su información judicial personal.

El uso de la información suministrada por la Policía Nacional de Colombia está limitado a fines personales, cualquier uso para una finalidad diferente, como la obtención de un beneficio económico o la consulta de información personal de un tercero, será considerado irregular y estará sujeto al inicio de las acciones legales pertinentes

Se prohíbe expresamente a cualquier persona natural o jurídica, diferente del titular de los datos, la utilización de la información personal contenida en este sitio web.”

El mensaje no deja espacio a interpretaciones: solo el titular de los datos puede consultar su propia información.

II.            Entonces, ¿Qué está pasando en la práctica?

En la realidad, muchas personas y empresas:

  • Consultan antecedentes de terceros sin autorización
  • Guardan capturas de pantalla o archivos PDF
  • Incorporan esa información a carpetas, bases de datos o procesos de selección
  • La usan para decidir si contratar, asociarse o cerrar un negocio

Aunque la intención sea “prevenir riesgos”, el medio utilizado es ilegal teniendo en cuenta que en la página oficial de la Policía Nacional únicamente se autoriza la consulta por parte del titular y no de terceros.

III.           ¿Por qué esta práctica constituye una violación a la privacidad?

En Colombia, el tratamiento de datos personales está estrictamente regulado. Consultar, almacenar o usar antecedentes judiciales de un tercero sin autorización vulnera:

1. Constitución Política de Colombia – Artículo 15

Reconoce el derecho fundamental al habeas data, que incluye:

  • Conocer
  • Actualizar
  • Rectificar
  • Autorizar el uso de la información personal

Nadie puede tratar datos personales sin el consentimiento del titular, salvo excepciones legales expresas.

2. Ley 1581 de 2012 – Protección de Datos Personales

Esta ley establece que todo tratamiento de datos personales requiere:

  • Autorización previa, expresa e informada del titular
  • Finalidad legítima y específica
  • Proporcionalidad y necesidad

Los antecedentes judiciales son datos personales sensibles, lo que implica un nivel de protección aún mayor.

3. Decreto 1377 de 2013

Refuerza la obligación de contar con autorización y prohíbe el uso de datos para fines distintos a los informados al titular.

4. Decreto 019 de 2012 – Artículo 94

Es precisamente la norma que habilita la consulta de antecedentes, pero con una condición clara: solo para validación personal del propio ciudadano.

Cualquier uso distinto —como consultar a un tercero— desnaturaliza la finalidad legal del sistema.

IV.          ¿Qué riesgos asumen quienes realizan estas consultas?

Las consecuencias no son menores y pueden escalar tanto en el plano jurídico como reputacional:

  1. Investigaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, con apertura de procesos administrativos por tratamiento indebido de datos personales.
  2. Sanciones administrativas y multas económicas que pueden afectar directamente la estabilidad financiera de la organización.
  3. Acciones constitucionales (tutelas) por vulneración del derecho fundamental al habeas data.
  4. Riesgo reputacional, especialmente en sectores regulados o frente a aliados estratégicos.
  5. Pérdida de confianza comercial por parte de clientes, inversionistas o contrapartes.

De esta manera, una práctica que aparenta ser preventiva puede convertirse en una contingencia legal, financiera y reputacional significativa, comprometiendo no solo el cumplimiento normativo sino también la credibilidad institucional y la sostenibilidad del negocio.

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